Arraigo Sociolaboral: Regulariza Tu Situación Con Contrato de Trabajo

El arraigo sociolaboral sigue siendo una vía excepcional para obtener una residencia temporal y autorización de trabajo en España. Está dirigida a personas extranjeras que ya se encuentran en el país y pueden acreditar arraigo a través de una relación laboral.


¿Quién puede solicitarlo?

· Personas extranjeras con mínimo 2 años de residencia continuada en España.

· Que tengan uno o varios contratos de trabajo que sumen al menos 20 horas semanales y garanticen el salario mínimo proporcional.

Se trata de una de las mejoras introducidas por el NUEVO REGLAMENTO, ya que facilita la búsqueda del precontrato.

Por ejemplo, será posible presentar dos contratos de 10 horas/semana, siempre que la suma de los salarios alcance los 592 brutos al mes.

· Sin antecedentes penales en España ni en su país de origen (últimos 5 años).

· Importante: Si has solicitado protección internacional (asilo), no puedes pedir el arraigo sociolaboral mientras el asilo esté en trámite, y el tiempo como solicitante no cuenta para los 2 años exigidos.

Sin embargo, el tiempo en que una persona no ha sido solicitante de asilo SÍ cuenta para acreditar los dos años de permanencia en España necesarios para solicitar el arraigo sociolaboral.

Es decir, si has estado en España y hubo un periodo en el que no tenías en trámite una solicitud de asilo, ese tiempo sí se puede sumar a los dos años exigidos.

Requisitos destacados:

· El contrato debe garantizar al menos el Salario Mínimo Interprofesional proporcional.

o En 2025, el SMI es de 1.184 € (14 pagas)

o Para media jornada (20h/semana): 592 € brutos/mes (14 pagas) o 690,66 € brutos/mes en 12 pagas.

· Pueden sumarse varios contratos si son simultáneos o consecutivos.

· El empleador debe demostrar solvencia económica y estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social.

· Ahora no se exige el informe de integración social.

Presentación

Presencial en Extranjería o por vía telemática a través de la plataforma Mercurio. En nuestro despacho gestionamos todo el trámite por vía telemática, lo que permite presentar la solicitud antes, agiliza el proceso y evita esperas para conseguir cita presencial.

Plazo de resolución

Aunque la norma indica que el expediente se resolverá en un plazo máximo de 3 meses, nuestra recomendación es que esperes a recibir tu respuesta ya que muchas Oficinas de Extranjería están contestando con retraso.

Últimos pasos

Una vez concedida, deberás darte de alta en Seguridad Social en 1 mes y solicitar tu TIE (tarjeta de identidad de extranjero).

¿Tienes dudas sobre el arraigo sociolaboral o quieres que revisemos tu caso?

 

¡Contacta con OLEX, estaremos encantadas de ayudarte y acompañarte en todo el proceso!

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