top of page

MODIFICACIÓN DE LA SITUACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES (ARRAIGOS) A LA SITUACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL Y TRABAJO POR CUENTA PROPIA

¿QUÉ ES?

 

Es una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia, que puede obtener el titular de una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, que ya estuviera habilitado para trabajar por cuenta ajena en el momento de la solicitud de la autorización.

Se deberá solicitar durante los 60 días naturales previos o 90 posteriores a la fecha de expiración de la autorización.

La autorización concedida tendrá una vigencia de dos años. 

¿DÓNDE SE SOLICITA?

 

Presencialmente, ante la Oficina de Extranjería o electrónicamente, a través de la Plataforma de Extranjería Mercurio.

¿QUÉ REQUISITOS SE EXIGEN?

 

1/ Formulario de solicitud EX-07​.

 

2/ Original y fotocopia de TODAS las páginas del pasaporte en vigor.

 

3/ Fotocopia de la tarjeta cuya renovación se solicita.

 

4/ Volante o certificado de empadronamiento, en caso de haber cambiado de domicilio.

 

5/ En su caso, informe emitido por las autoridades autonómicas, o las competentes en cada caso, o del centro educativo que acredite la escolarización de los menores a su cargo que estén en edad de escolarización obligatoria.

 

6/ Documentación según el supuesto por el que se solicita la renovación:

 

  • Si se continúa con la relación laboral que dio origen a la concesión de la autorización que se va a renovar:

    • Último recibo del I.A.E. pagado. 

    • Justificante de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. 

 

  • Si tienen otorgada protección por cese de actividad:  

    • Acreditación de la concesión de la protección. 

 

  • En caso de no estar realizando una actividad por cuenta propia y dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos:

    • En actividades comerciales minoristas y prestación de los servicios enumerados en el Anexo de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, que se realicen en establecimientos permanentes, cuya superficie útil sea igual o inferior a 750 metros cuadrados, declaración responsable o comunicación previa (en los términos del artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre) y, en su caso, justificante de pago del tributo correspondiente.

    • En el resto de las actividades y prestaciones de servicios profesionales, relación de las autorizaciones o licencias que se exijan para la instalación, apertura o funcionamiento de la actividad proyectada o para el ejercicio profesional, indicando la situación en la que se encuentre los trámites para su consecución, incluyendo, en su caso, las certificaciones de solicitud ante los organismos correspondientes.

    • Copia de la documentación que acredite poseer la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.

    • Acreditación de que se cuenta con inversión económica suficiente, o compromiso de apoyo por parte de instituciones financieras u otras.

    • Proyecto de establecimiento o actividad a realizar, con indicación de la inversión prevista, su rentabilidad esperada y, en su caso, puestos de trabajo cuya creación se prevea.

    • Los tres últimos apartados pueden ser acreditados por el informe de valoración emitido por una de las siguientes organizaciones:

  • Federación Nacional de Asociaciones de Empresarios y Trabajadores Autónomos (ATA)

  • Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA)

  • Confederación Intersectorial de Autónomos del Estado Español (CIAE)

  • Organización de Profesionales y Autónomos (OPA)

  • Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (UATAE)

 

7/ En su caso, informe positivo de la Comunidad Autónoma del lugar de residencia del trabajador para valorar el esfuerzo de integración del extranjero.

 

8/ Justificante del pago de las siguientes tasas:

 

  • Tasa de residencia: Modelo 790, Código 052 epígrafe 2.3 “autorización de residencia temporal por modificación de autorización de residencia por circunstancias excepcionales. 

 

  • Tasa de trabajo: Modelo 790, Código 062 epígrafe 2.2 “autorización de trabajo por modificación de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales”. 

Llamar

+34 683 276 009 

Email

  • Whatsapp
  • LinkedIn
  • Instagram
bottom of page