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RENOVACIÓN DE LA TARJETA DE FAMILIAR DE CIUDADANO DE LA UE

 

¿QUÉ ES Y DÓNDE SE PIDE?

 

Tendrán derecho a residir en España con carácter permanente los familiares de ciudadano español o de otro Estado miembro de la Unión Europea, o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados, que cumplan los requisitos que se describen:

  • Haber residido en España durante un período continuado de cinco años, siempre que se mantenga el vínculo familiar por el que se expidió la tarjeta de residencia, esto último con excepción de los supuestos en los que se mantiene el régimen comunitario en caso de fallecimiento, nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o cancelación de la inscripción como pareja registrada conforme el RD 240/2007.

  • Residir en España como miembro de la familia de ciudadano de la Unión, cuando este último es trabajador por cuenta ajena o propia, y adquiere el derecho a residencia permanente antes de que finalice el período de cinco años.

  • Residir en España como miembro de la familia de ciudadano de la Unión, que fallece en el curso de su vida activa con anterioridad a la adquisición del derecho a residencia permanente siempre que:

  • El ciudadano de la Unión hubiera residido de forma continuada, en la fecha del fallecimiento, al menos dos años.

  • El fallecimiento se haya debido a accidente de trabajo o enfermedad profesional.

  • El cónyuge del ciudadano de la Unión hubiera perdido la nacionalidad española como consecuencia del matrimonio con el fallecido.

La tarjeta de residencia permanente tendrá una duración de diez años, y podrá renovarse desde un mes antes hasta tres meses después de la fecha de caducidad.

La solicitud debe presentarla el interesado en la Oficina de Extranjería de la provincia en la que el extranjero tenga pensado fijar el domicilio o de manera telemática a través de la Plataforma Mercurio.

¿QUÉ DOCUMENTOS HAY QUE PRESENTAR?

 

1/ Formulario de solicitud EX–19​​.

 

2/ Original y una fotocopia del pasaporte completo en vigor.

 

3/ En el supuesto de fallecimiento del ciudadano deberá aportar el certificado literal de defunción y, en su caso, documentación que acredite que el fallecimiento ha sido debido a accidente de trabajo o enfermedad profesional, o que el cónyuge del ciudadano de la Unión hubiera perdido la nacionalidad española como consecuencia del matrimonio con el fallecido.

 

4/ Documentación acreditativa de la existencia de vínculo familiar:

 

  • Si solicita el/la cónyuge: certificado de matrimonio actualizado, con vigencia máxima de seis meses (traducido y legalizado/apostillado en caso de proceder de un país extranjero).

  • Si solicita la pareja con relación análoga a la conyugal: certificado expedido por el encargado del Registro de parejas correspondiente actualizado, con vigencia máxima de tres meses.

  • Si solicita el descendiente del ciudadano de la Unión:

 

  • Si el descendiente es mayor de 21 años, documentación acreditativa de su condición de familiar a cargo* o dependiente y seguro de enfermedad público o privado.

  • En caso de que el descendiente sea menor de edad, documentación acreditativa de que el ciudadano de la Unión ejerce en solitario la patria potestad, o custodia y que estén efectivamente a su cargo.

 

  • Si solicita el descendiente del cónyuge o pareja del ciudadano de la Unión:

 

  • Certificado de matrimonio o certificado del registro de parejas del ciudadano de la Unión actualizado, con vigencia máximo de tres meses.

  • Si el descendiente es mayor de 21 años, documentación acreditativa de su condición de familiar a cargo* o dependiente, así como seguro de enfermedad público o privado.

  • En caso de que el descendiente sea menor de edad, documentación acreditativa de que el cónyuge o la pareja del ciudadano de la Unión ejerce en solitario la patria potestad, o custodia y que estén efectivamente a su cargo.

 

  • Si solicita el ascendiente del ciudadano de la Unión o su cónyuge o pareja:

 

  • Documentación acreditativa de su condición de familiar a cargo* o dependiente.

  • Seguro de enfermedad público o privado.

  • Si es ascendiente del cónyuge o pareja del ciudadano de la Unión, certificado de matrimonio o certificado de parejas del ciudadano de la Unión actualizado, con vigencia máxima de tres meses.

 

  • Si se trata de otro miembro de la familiar:

 

  • Documentación acreditativa del parentesco y de la dependencia, o de que en el país de procedencia convivían con el ciudadano de la Unión, o de los motivos graves de salud o discapacidad.

  • Seguro de enfermedad público o privado.

 

5/ D.N.I. del ciudadano español o certificado de registro del ciudadano de la Unión al que acompañan o con el que van a reunirse.

 

6/ Certificado de empadronamiento de convivencia.

 

7/ Acreditar que se ha cumplido con alguno de los siguientes requisitos:

 

  • Ser un trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia*:

 

  • Contrato de trabajo si es trabajador por cuenta ajena.

  • Inscripción continuada en el censo de actividades económicas si es trabajador por cuenta propia. Si lleva poco tiempo deberá presentarse documento de alta o de situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social y justificar documentalmente que realiza efectivamente esa actividad.

 

  • Si ya no ejerce actividad laboral:

 

  • Documentación que acredite disponer de seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, siempre que proporcione una cobertura en España durante su periodo de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud. Los pensionistas cumplen con esta condición aportando certificación de disponer asistencia sanitaria con cargo al Estado por el que perciben pensión.

  • Documentación que acredite disponer de recursos suficientes para el ciudadano de la Unión y sus familiares para el periodo de residencia en España. Se podrá acreditar por cualquier medio de prueba admitido en derecho, tales como títulos de propiedad, cheques certificados, documentación justificativa de obtención de rentas de capital o tarjetas de crédito con certificación bancaria que acredite la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta.

 

  • Si es estudiante deberá presentar la siguiente documentación:

 

  • Matrícula del centro de enseñanza, público o privado, reconocido o financiado por la administración educativa competente.

  • Seguro de enfermedad público o privado del ciudadano de la Unión y del/a familiar.

  • Declaración responsable de que posee recursos suficientes para sí y para los miembros de su familia, para su periodo de residencia en España.

 

NOTA: *La situación de “Estar a cargo” se acredita con:

  • Acta de manifestación del ciudadano de la Unión, que el descendiente mayor de 21 años, ascendiente u otros miembros de la familia, está a su cargo de forma exclusiva y que puede mantener su sustento de forma regular.

  • Documentación justificativa de las circunstancias económicas y sociales del familiar.

  • Que el ciudadano de la Unión garantiza la tenencia y disponibilidad de recursos económicos suficientes para la subsistencia del miembro de la familia (contrato de trabajo, nóminas, declaración de la renta, …).               

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+34 683 276 009 

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