RESIDENCIA NO LUCRATIVA
Es una autorización de un año para residir en España sin realizar actividad laboral.
¿DÓNDE SE SOLICITA?
La solicitud debe presentarla el interesado en la Misión diplomática u oficina consular española en cuya demarcación resida el extranjero.
¿QUÉ REQUISITOS SE EXIGEN?
2/ Pasaporte o título de viaje, con vigencia mínima de un año.
3/ En caso de mayores de edad, certificado de antecedentes penales reciente del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años. En su caso, deberá estar legalizado/apostillado y traducido.
4/ Documentación acreditativa de disponer de medios económicos necesarios para sufragar los gastos de estancia y regreso y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:
- Para su sostenimiento mensualmente el 400 % del IPREM.
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Para el sostenimiento de cada uno de sus familiares, mensualmente, el 100% del IPREM.
5/ Documentación acreditativa de disponer de seguro médico público o privado de concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
6/ Certificado médico de no padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
7/ Tasas, que se abonarán en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y deberán abonarse en el plazo de diez días hábiles. Las tasas a abonar son:
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Tasas por expedición de visado.
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Tasas por autorización de residencia.