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TARJETA DE FAMILIAR DE CIUDADANO DE LA UE

¿QUÉ ES?

 

Los familiares de ciudadano español o de otro Estado miembro de la Unión Europea, o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados, cuando se reúnan con él o le acompañen, y vayan a residir en España por un período superior a tres meses, deberán solicitar y obtener una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.

¿DÓNDE SE SOLICITA?

 

La solicitud debe presentarla el interesado en la Oficina de Extranjería de la provincia en la que el extranjero tenga pensado fijar el domicilio.

¿QUÉ PAISES QUEDAN INCLUIDOS?

 

Finlandia

Francia

Grecia

Hungría

Irlanda

Islandia*

Italia

Letonia

Liechtenstein*

Lituania

Luxemburgo

Malta

Noruega*

Países Bajos

Polonia

Portugal

República Checa

Rumanía

Suecia

Suiza**

 

 

Alemania                             

Austria

Bélgica

Bulgaria

Chipre

Croacia

Dinamarca

Eslovaquia

Eslovenia

España

Estonia

 

 

 

* Estados parte en el Acuerdo Sobre el Espacio Económico Europeo.

** Acuerdo de 21 de junio de 1999, entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza, sobre libre circulación de personal.

¿QUÉ REQUISITOS SE EXIGEN?

 

1/ Formulario de solicitud (EX–19).​

 

2/Original y fotocopia del pasaporte en vigor del REAGRUPANTE (TODAS las páginas).

 

3/ Documentación acreditativa de la existencia de vínculo familiar:

a) Si solicita el cónyuge: Certificado de matrimonio actualizado, con vigencia máxima de seis meses (traducido y legalizado/apostillado en caso de proceder de un país extranjero).

 

b) Si solicita la pareja con relación análoga a la conyugal: Certificación expedida por el encargado del registro de parejas correspondiente actualizado, con vigencia máxima de tres meses.

 

c) Si solicita el descendiente del ciudadano de la Unión:

 

  • Certificado de nacimiento del descendiente.

  •  Si el descendiente es mayor de 21 años, documentación acreditativa de su condición de familiar a cargo* o dependiente.

  •  Si el descendiente es mayor de 26 años, seguro de enfermedad público o privado.

  • En caso de que el descendiente sea menor de edad, documentación acreditativa de que el ciudadano de la Unión ejerce en solitario la patria potestad, o custodia y que estén efectivamente a su cargo.

 

d) Si solicita el descendiente del cónyuge o pareja del ciudadano de la Unión:

 

  • Certificado de nacimiento del descendiente.

  • Tarjeta de identidad de extranjero del cónyuge o pareja del ciudadano comunitario.

  • Si el descendiente es mayor de 21 años, documentación acreditativa de su condición de familiar a cargo* o dependiente.

  • Si el descendiente es mayor de 26 años, seguro de enfermedad público o privado.

  • Certificado de matrimonio o certificado del registro de parejas del ciudadano de la Unión actualizado, con vigencia máxima de tres meses.

  • En caso de que el descendiente sea menor de edad, documentación acreditativa de que el cónyuge o la pareja del ciudadano de la Unión ejerce en solitario la patria potestad, o custodia y que estén efectivamente a su cargo.

 

e) Si solicita el ascendiente del ciudadano de la Unión o su cónyuge o pareja:

 

  • Certificado de nacimiento del ciudadano de la Unión o de su cónyuge o pareja, según corresponda.

  • Tarjeta de identidad de extranjero del cónyuge o pareja del ciudadano comunitario, en su caso.

  • Documentación acreditativa de su condición de familiar a cargo* o dependiente.

  •  Si es ascendiente del cónyuge o pareja del ciudadano de la Unión, certificado de matrimonio o certificado de parejas del ciudadano de la Unión actualizado, con vigencia máxima de tres meses.

  • Seguro de enfermedad público o privado.

 

f) Si se trata de otro miembro de la familia:

 

  • Documentación acreditativa del parentesco y de la dependencia, o de que en el país de procedencia convivían con el ciudadano de la Unión, o de los motivos graves de salud o discapacidad.

  • Seguro de enfermedad público o privado.

 

g) En caso de pareja no registrada:

 

  • Documentación acreditativa de que constituyen una pareja estable que atestigua la existencia de un vínculo duradero, así como justificación del tiempo de convivencia marital o, en su caso, certificado de nacimiento de la descendencia en común.

  • Certificado de estado civil del extranjero y del ciudadano de la Unión.

 

4/ D.N.I. del ciudadano español o certificado de registro del ciudadano de la Unión al que acompañan o con el que van a reunirse.

 

5/ Certificado de empadronamiento de convivencia.

 

6/ Acreditar que el ciudadano de la Unión o el familiar:

 

a) Es un trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia*:

 

  • Contrato de trabajo si es trabajador por cuenta ajena.

  • Inscripción en el censo de actividades económicas si es trabajador por cuenta propia. Si lleva poco tiempo como trabajador por cuenta propia tiene justificar documentalmente que realiza efectivamente esa actividad.

 

b) Si ya no ejerce actividad laboral:

 

  • Documentación que acredite disponer de seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, siempre que proporcione una cobertura en España durante su periodo de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud. Los pensionistas cumplen con esta condición aportando certificación de disponer asistencia sanitaria con cargo al Estado por el que perciben pensión.

  • Documentación que acredite disponer de recursos suficientes para el ciudadano de la Unión y sus familiares para el periodo de residencia en España. Se podrá acreditar por cualquier medio de prueba admitido en derecho, tales como títulos de propiedad, cheques certificados, documentación justificativa de obtención de rentas de capital o tarjetas de crédito con certificación bancaria que acredite la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta.

 

c) Si es estudiante deberá presentar la siguiente documentación:

 

  • Matrícula del centro de enseñanza, público o privado, reconocido o financiado por la administración educativa competente.

  • Documentación que acredite disponer de seguro de enfermedad público o privado. Podrá aportar tarjeta sanitaria europea con una validez que cubra el periodo de residencia y le habilite a recibir las prestaciones sanitarias necesarias desde el punto de vista médico, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración prevista.

  • Declaración responsable de que posee recursos suficientes para sí y para los miembros de su familia, para su periodo de residencia en España.

 

NOTA: Cuando se aporten documentos de otros países deberán estar legalizados/apostillados y, en caso de ser necesario, traducidos.

NOTA-2: *La situación de “Estar a cargo” se acredita con:

  • Acta de manifestación del ciudadano de la Unión, que el descendiente mayor de 21 años, ascendiente u otros miembros de la familia, está a su cargo de forma exclusiva y que puede mantener su sustento de forma regular.

  • Documentación justificativa de las circunstancias económicas y sociales del familiar en el país de origen, mediante documentación expedida por Autoridades del país de origen, de que no están en condiciones de subvenir a sus necesidades básicas.

  • Documentación justificativa de que la necesidad de apoyo se ha dado en el Estado de origen o de procedencia en el momento en que solicitan establecerse con el ciudadano comunitario.

  • Que el ciudadano de la Unión garantiza la tenencia y disponibilidad de recursos económicos suficientes para la subsistencia del miembro de la familia (contrato de trabajo, nóminas, declaración de la renta,….).    

Llamar

+34 683 276 009 

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